NORMATIVIDAD

NORMAS QUE REGULAN LA PROPIEDAD HORIZONTAL EN COLOMBIA 

Las principales normas que de una u otra manera atañen y regulan la propiedad horizontal en Colombia, son el régimen de propiedad horizontal, establecido por la Ley 675 de 2.001, así como las leyes y normas vigentes, contenidas en el código civil, el código de comercio, la Ley 95 de 1890, el código de Policía, la Ley 746 de 2.002, La Ley 142 de 1994, así como algunas otras disposiciones municipales o Distritales. 


En el cual se regulan las situaciones y contratos de carácter civil que se pueden dar entre los colombianos. De manera específica el Artículo 2142 del Libro 4 en el Título XVIII, señala el mandato, y lo define como "un acuerdo mediante el cual una persona confía la gestión o administración de uno o más negocios a otra que se hace cargo de ellos por cuenta y riesgo de la primera.  
Fuente:  https://www.timetoast.com/timelinesla-historia-del-codigo-civil-colombiano


Expedido por medio del Decreto 410 de 1971; en él se establecen entre otras las características y obligaciones de los comerciantes, así como los procedimientos en la realización de asambleas de socios, etc., aspectos que interesan de manera integral a la propiedad horizontal, como una persona jurídica, que establecerá relaciones comerciales con otras personas.

Fuente: http://samybons.weebly.com/actos-de-comercio.html
 

Ley 95 de 1890
Esta ley, también conocida como "sobre reformas civiles", establece para los propietarios comunes ("comuneros"), el procedimiento para la elección de un administrador, el cual deberá ser nombrado por una "junta general" (asamblea general), así como la participación de los propietarios comunes, fijación de la remuneración del administrador y las garantías de este último en su calidad de mandatario y manejador de los bienes comunes de la persona jurídica que representará. 
El reglamento de propiedad horizontal contempla deberes de los propietarios de unidades privadas, tendientes a la convivencia pacífica de los moradores del inmueble sometido al régimen de propiedad horizontal, deberes que deben estar enmarcados dentro de las normas generales, previstas en las leyes, normas y demás disposiciones legales de carácter municipal o Distrital, como el Código de Policía.
Fuente:http://www.barriosdebogota.com/nuevo-codigo-de-policia-fue-radicado-en-el-senado-76743/#axzz49Un1QUFC


Fuente:
http://alemaniaentrebastidores.blogspot.com.co/
2014/05/ruido-alemania-normas-fiesta.html
NIVELES DE RUIDO:

Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano y es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines.  

 

ESTATUTO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA

Servicios de vigilancia y seguridad privada, son actividades que en forma remunerada o en beneficio de una organización pública o privada, desarrollan las personas naturales o jurídicas, tendientes a prevenir o detener perturbaciones a la seguridad y tranquilidad individual en lo relacionado con la vida y los bienes propios o de terceros.

Fuente: http://concesionlapintada.com/seguridad-y-vigilancia/
  

REQUISITOS DE ESTABLECIMIENTOS DE COMERCIO: Para la propiedad horizontal  comercial o mixta   que destine sus bienes comunes para ejercer una actividad comercial o industrial, ninguna autoridad podrá exigirles licencia o permiso de funcionamiento para la apertura de los establecimientos comerciales definidos en el artículo 515 del Código de Comercio, pero para el ejercicio del comercio los establecimientos abiertos al público deben reunir los requisitos expresados en la Ley 232 de 1995 
 

fuente:
http://www.puertorondon-arauca.gov.co/
noticias.shtml?apc=ccx-1-&x=2780968
LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN: 
Autorización previa para desarrollar edificaciones, áreas de circulación y zonas comunales en uno o varios predios, de conformidad con lo previsto en el Plan de Ordenamiento Territorial, los instrumentos que lo desarrollen y complementen, los Planes Especiales de Manejo y Protección de Bienes de Interés Cultural, y demás normatividad que regule la materia. En las licencias de construcción se concretarán de manera específica los usos, edificabilidad, volumetría, accesibilidad y demás aspectos técnicos aprobados para la respectiva edificación.



Fuente:
https://naocme.wordpress.com/pereira/
SERVICIOS PÚBLICOS: Esta Ley se aplica a los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado, aseo, energía eléctrica, distribución de gas combustible, telefonía fija pública básica conmutada y la telefonía local móvil en el sector rural; a las actividades que realicen las personas prestadoras de servicios públicos de que trata el artículo 15 de la presente Ley 142 DE 1994.


ARRENDAMIENTOS: La  ley 820 del 2003  busca  regular los  contratos de  arrendamiento de bienes  inmuebles  con fin de  garantizar una  vivienda justa  para todos los ciudadanos, aclarando temas  relacionados con los  contratos, obligaciones del arrendado con del arrendatario para  que no se  vulnere ningún de  derecho de ninguna  de las  partes.


  
TENENCIA  DE MASCOTAS: Las propiedades horizontales deben  crear  sus estatutos  donde informen la permisividad  de la  tenencia  de mascotas tanto para las  zonas  comunes y dentro  de los conjuntos  residenciales todo,  esto de acuerdo con el cumplimiento de la Ley 675  del 2001, los poseedores  de  mascotas requiere  del cumplimiento de  una  serie  de normas  establecidas en la Ley 746 del 2002 y Código de Policía.
Fuente:https://concienciaanimalmdq.wordpress.com/2012/05/18/proyecto-sobre-tenencia-responsable-de-mascotas-en-mdp/


Fuente:
http://www.univergia.com/medio-ambiente-te-quejas-o-colaboras/
MANEJO DE BASURAS: Para los residentes o propietarios en el manual  de convivencia les está prohibido Arrojar cualquier clase de objeto, basura, colillas de cigarrillo en las zonas de uso común.

 
Las normas que obligan a la construcción de cuartos para las basuras en conjuntos residenciales, centros comerciales deberán tener un área destinada al almacenamiento de los residuos sólidos que cumpla como mínimo con los siguientes requisitos: Los acabados serán lisos, para permitir su fácil limpieza. Tendrá sistemas de ventilación, suministro de agua, drenaje Será diseñada con la capacidad suficiente para almacenar los residuos producidos acorde con las frecuencias de recolección establecidas por la entidad prestadora de los servicios de aseo. Deberá permitir el fácil acceso de los vehículos recolectores de la entidad prestadora del servicio de aseo y facilitar el traslado de los residuos sólidos a los mismos.

 
Fuente:
 http://saludpasion.com/wp-content/2013/06/proteger-la-piel-del-agua-de-la-piscina.jpg
NORMAS DE SEGURIDAD EN PISCINAS PROPIEDAD HORIZONTAL: Las disposiciones de ley al incluir las piscinas de uso colectivo indican que la supervisión, la reglamentación y ejercicio de la potestad sancionatoria quedarán en cabeza de la Alcaldía del sitio de la ubicación de la piscina, quien deberá inspeccionar, controlar y expedir el documento sobre el cumplimiento de las normas de seguridad.



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